“UNA MUJER QUE VIVE A LA SOMBRA DE LA VIOLENCIA COTIDIANA …. NO ES REALMENTE LIBRE”. Kofie Anann, secretario gral. De las Naciones Unidas.
La violencia por motivos de genero es tal vez la violación de los derechos humanos más generalizada y más tolerada socialmente. El costo para las mujeres, sus hijos, sus familias y sus comunidades es un obstáculo sustancial para reducir la pobreza, lograr la igualdad entre hombres y mujeres y alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
La solicitud para establecer el Día Internacional de la Eliminación del la Violencia contra la Mujer fue presentada a la ONU por la Republica Dominicana en 1999 con el apoyo de más de 60 gobiernos.
En 1993, la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer ofreció la primera definición oficial de la violencia por motivos de genero: Articulo 1: todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción, o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida publica como en la vida privada. En el Articulo 2 de la Declaración se establece que la definición de la violencia contra la mujer abarca los siguientes actos, aunque sin limitarse a ellos: violencia física, sexual y psicológica perpetrada en la familia, dentro de la comunidad o perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra. Además, esos actos abarcan: los malos tratos del esposo; el abuso sexual, inclusive el de las niñas; la violencia relacionada con la dote; la violación, inclusive la violación por el marido; la mutilación genital femenina y otras practican tradicionales nocivas para la mujer; los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia; la violencia relacionada con la explotación; el acoso y la intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares; la trata de mujeres y la prostitucion forzada. En 1995, sé amplio esta definición incluyendo: conculcación de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado, inclusiva la violación sistemática, la esclavitud sexual y el embarazo forzado; esterilización forzada, aborto forzado; la utilización forzada o bajo coacción de los anticonceptivos; selección prenatal en función del sexo e infanticidio femenino.
OCULTAS POR LA CULTURA DEL SILENCIO:
Desde hace tiempo, la violencia contra la mujer ha quedado oculta por una cultura del silencio. Es difícil obtener datos fidedignos, dado que la violencia no se denuncia debido a la vergüenza, el estigma y el temor a la venganza. La Organización Mundial de la Salud (OMS) comprobó que entre 20% y 70% de las mujeres entrevistadas en una investigación mencionaban por vez primera el abuso de que habían sido objeto. Las razones por las que las mujeres guardan silencio es que en muchas sociedades se acepta la violencia contra ellas como un aspecto “normal” de las relaciones. La dependencia financiera, la condición social subordinada y la falta de derechos jurídicos y de servicios de asesoramiento jurídicos y limitan en muchas sociedades la posibilidad de protegerse a sí mismas o de abandonar situaciones abusivas. Las mujeres victiman de abuso tienden a estar aisladas, las perspectivas de sufrir privaciones pueden atraparlas, a ellas y a sus hijos, en situaciones abusivas. Una forma de violencia es privar a la familia de medios de supervivencia o seguridad financiera, o dañar los bienes o lo negocios. No obstante, raramente hay un reconocimiento jurídico de esos tipos de intimidación. Aun cuando existen las leyes la violencia por motivos de genero, hay casos en que no se las aplica y el sistema jurídico no las apoya. A veces, esos sistemas jurídicos vuelven a victimizar a las mujeres. Esas leyes suelen carecer de asignación presupuestaria y dejan importantes lagunas entre la intención y la realidad.
